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Inocencia Fiscal II: Aspectos fundamentales sobre el control de ARCA y la declaración de ingresos

27 julio, 2026
in Economía
Inocencia Fiscal II: Aspectos fundamentales sobre el control de ARCA y la declaración de ingresos
Tras meses de resistencia, el ministro de Economía, Luis Caputo, admitió que la Ley de Inocencia Fiscal no logró el nivel de adhesión esperado. La semana pasada, envió un nuevo proyecto al Congreso con el propósito de abordar las debilidades identificadas y ofrecer mayor seguridad a los contribuyentes que deseen retirar sus dólares ocultos. Estos cambios, de ser aprobados, limitarían el poder de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) en la fiscalización de tributos como Ganancias y Bienes Personales.

En una reciente conferencia de prensa, Caputo argumentó que “tener los dólares bajo el colchón es un mal negocio”. Entonces, el jueves a última hora, el Gobierno presentó el nuevo proyecto a la Cámara de Diputados, el cual busca revertir la escasa adhesión a la versión inicial y facilitar la utilización de dólares no declarados en la compra de inmuebles, automóviles y en el consumo en general.

Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, destacó que la iniciativa incluye al menos diez modificaciones en relación con la legislación vigente, de las cuales cinco son esenciales para que el programa tenga un impacto real sobre la economía.

Uno de los cambios más significativos es la redefinición de la “discrepancia significativa”, que permite a ARCA revisar declaraciones juradas. En la versión original, cualquier diferencia, incluso mínima, podía desencadenar la apertura de investigaciones sobre períodos fiscales completos, lo que generaba incertidumbre entre potenciales interesados en el Régimen Simplificado de Ganancias (RSG).

Con el nuevo texto, se establece un umbral mínimo del 5% del monto de evasión simple, equivalente a $5 millones. Si la discrepancia identificada por la autoridad fiscal no supera este umbral, no se considera una discrepancia significativa y la declaración solo debe ser corregida, sin que ello implique la pérdida de beneficios para el contribuyente. Por el contrario, si la discrepancia excede dicho límite, el contribuyente dispondrá de un plazo de hasta 15 días tras la determinación para regularizar su situación y conservar los beneficios del régimen.

Domínguez consideró que este aspecto supone un avance crucial en la protección de quienes optan por el RSG, ya que la normativa anterior permitía que hasta diferencias mínimas, incluso de $1, llevaran a revisiones exhaustivas. Así, el nuevo texto tiene como objetivo evitar que situaciones de bajo impacto generen consecuencias desproporcionadas para los contribuyentes.

Otro punto central se refiere a las presunciones que puede utilizar ARCA. Aunque la ley actual prohibía a ARCA apelar a la presunción de incremento patrimonial no justificado, no establecía límites claros sobre otras herramientas, como la presunción de depósitos bancarios, lo que dejaba a los contribuyentes expuestos a objeciones adicionales. El proyecto enviado al Congreso aclara que no se podrán emplear este tipo de presunciones ni otras similares dentro del marco del régimen, lo que fortalece la seguridad jurídica para los que decidan adherir.

Una tercera modificación relevante es la explicitación de la carga de la prueba. El nuevo proyecto establece de manera clara que la responsabilidad de demostrar la existencia de una discrepancia recae exclusivamente en la autoridad fiscal. Previamente, esta regla funcionaba de manera implícita y, en muchas ocasiones, el contribuyente debía defenderse de las presunciones de ARCA sin contar con una fundamentación sólida. Al aclarar que ARCA tiene la obligación de probar cualquier ajuste, se beneficia la posición de quienes opten por el régimen simplificado.

Además, se incorporó un cambio significativo respecto al impuesto sobre Bienes Personales. De acuerdo con Domínguez, la legislación vigente no impedía a ARCA reclamar diferencias por este tributo, incluso cuando los fondos provinieran de dólares no declarados utilizados para adquirir determinados bienes. En caso de ser aprobado, el nuevo proyecto introducirá una ficción legal que establece que los fondos empleados en la compra de un inmueble, por ejemplo, serán considerados generados en el año de la operación, lo que evitará que el fisco reclame por Bienes Personales por períodos anteriores. Esta medida aporta una mayor previsibilidad y disminuye los riesgos para los contribuyentes.

Asimismo, el texto incluye diversas disposiciones relacionadas con la normativa contra el lavado de dinero. Según Domínguez, el proyecto estipula que la adhesión al RSG servirá como un antecedente favorable para aquellos sujetos obligados que analicen operaciones por posibles vínculos con lavado de dinero. Además, en caso de aprobarse, la Unidad de Información Financiera (UIF) deberá emitir, dentro de los quince días hábiles tras la promulgación de la ley, una reglamentación complementaria con instrucciones claras para bancos, ASyCs y agentes de bolsa. De acuerdo con la reforma, si un adherente al régimen no está vinculado con delitos como el narcotráfico o la trata de personas, no debería ser reportado a la UIF ni quedar bajo investigación.

Por último, se planteó un límite temporal para el uso de dólares no declarados. El nuevo proyecto establece que hasta el 31 de diciembre de 2027, ARCA no podrá utilizar presunciones para cuestionar operaciones realizadas con esos fondos. Una vez vencido este plazo, el fisco recuperará la facultad de aplicar la presunción de incremento patrimonial no justificado y de depósitos bancarios. Así, se definirá un plazo concreto para el uso de los conocidos “dólares del colchón”.

Con estas modificaciones, el Gobierno busca que durante lo que resta de 2026 y 2027, los contribuyentes formalicen los fondos no declarados. Según proyecciones del Banco Central de la República Argentina (BCRA), existirían USD 170.000 millones ocultos en los hogares argentinos. Desde la sanción de la Ley de Inocencia Fiscal en diciembre, los depósitos en dólares del sector privado permanecieron prácticamente estancados en alrededor de USD 40.000 millones.

“Esta reforma ofrece mayor seguridad jurídica, mejora el régimen actual y promoverá una mayor adhesión, aunque no considero que tenga éxito como un blanqueo, porque no lo es. Un blanqueo proporciona mucha más seguridad jurídica y exonera impuestos. En este caso, se trata de que el fisco no los detecta, no tiene facultades; es una situación un tanto extraña, diseñada para intentar lograr algo parecido a un blanqueo”, opinó el tributarista.

En cuanto a las proyecciones de recaudación, Domínguez relativizó los pronósticos más optimistas. Consideró poco probable que la iniciativa logre captar USD 150.000 millones, como han sugerido ciertos funcionarios. Recordó que el blanqueo más exitoso en la historia argentina, implementado durante la gestión de Mauricio Macri, sumó alrededor de USD 120.000 millones, mientras que el de 2024, propuesto por el actual Gobierno, generó solo USD 20.000 millones en efectivo.

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