El Senado ya había rechazado el DNU 70 en marzo de 2024 y, después de más de dos años sin tratamiento en Diputados, la oposición impulsa ahora su discusión en el recinto para el jueves 15 de este mes. El debate se originó a partir de un fallo de la Corte Suprema que restableció el artículo 154 del decreto, referido a la venta de tierras a extranjeros. Si la Cámara Baja también rechaza la norma, quedaría sin efecto el decreto firmado por Javier Milei al inicio de su gestión, que introdujo modificaciones en distintos ámbitos.
En el caso de las prepagas, el DNU modificó dos artículos de la Ley 26.682. Por un lado, derogó el inciso g del artículo 5, que otorgaba a la Superintendencia de Servicios de Salud la facultad de autorizar y revisar los valores de las cuotas. Por otro, eliminó parte del artículo 17, que establecía que la autoridad de aplicación debía validar los aumentos cuando estuvieran justificados por “variaciones en la estructura de costos” y por un “razonable cálculo actuarial de riesgos”.
La Ley de Medicina Prepaga fue sancionada en 2011, pero durante años no contó con un mecanismo definido para actualizar las cuotas. Los precios no estaban liberados y los incrementos debían ser aprobados por las autoridades correspondientes. Luego de la pandemia de Covid-19, cuando las cuotas habían permanecido congeladas durante varios meses, en 2022 se implementó un Índice de Costos de Salud que durante un año y medio estableció los porcentajes máximos de aumento que podían aplicar las empresas y los mínimos que debían trasladarse a los aranceles de los prestadores.
La eventual derogación del decreto implicaría, en principio, el regreso al esquema en el que el Estado autoriza los aumentos de las cuotas. Sin embargo, el alcance de ese cambio podría abrir una nueva discusión sobre el mecanismo que debería aplicarse, según fuentes del sector. El Gobierno podría establecer un nuevo esquema o incluso intentar mantener la eliminación de la intervención estatal a través de otra normativa.
Desde el área de Salud del Gobierno nacional señalaron que “todas las iniciativas en el Congreso se monitorean y se evalúan varios escenarios y sus posibles consecuencias”, aunque aclararon que no existen decisiones firmes al respecto. El presidente de la Unión Argentina de Salud (UAS), Hugo Magonza, advirtió que una eventual derogación genera preocupación por sus efectos sobre el financiamiento del sistema y la previsibilidad del sector.
Magonza también señaló que existe una cuestión jurídica vinculada con la posibilidad de que las normas anteriores recuperen su vigencia automáticamente o requieran una restitución explícita. En ese sentido, sostuvo que el rechazo legislativo no necesariamente anularía los aumentos autorizados durante el período de vigencia del DNU.
Cuando el decreto habilitó los aumentos sin restricciones, las empresas de medicina prepaga ya advertían sobre el retraso acumulado entre el valor de las cuotas y el incremento de sus costos. Durante los primeros cuatro meses de 2024, los precios registraron una suba acumulada cercana al 150% en promedio, con el mayor incremento concentrado en enero.
La reacción del Gobierno llegó en abril, luego de las repercusiones generadas por las subas. Las acusaciones de una presunta cartelización para definir los aumentos derivaron en un conflicto entre el Ejecutivo y las empresas de medicina prepaga, que terminó con un acuerdo judicial y la suspensión temporal de esa cláusula del decreto. Desde julio de 2024, volvió a regir la libertad de precios establecida por el DNU.
Desde entonces, muchas empresas establecen aumentos mensuales cercanos a la inflación, aunque no existe una norma que las obligue a utilizar ese criterio. Un informe de la asociación de prestadores Adecra-Cedim sostuvo que la desregulación permitió reducir a la mitad la diferencia entre el incremento de los costos de las prestaciones y la suba de los aranceles que las clínicas cobran a las prepagas.
Según ese relevamiento, realizado sobre 17 prestadores, entre diciembre de 2020 y diciembre de 2023 la brecha había alcanzado el 57%, mientras que durante el segundo trimestre de este año se redujo al 26%.
Magonza sostuvo que volver a exigir autorizaciones estatales para aumentos que puedan quedar por debajo de la evolución de los costos de atención tendría impacto sobre toda la cadena. También recordó que, en distintos fallos judiciales vinculados con reclamos por incrementos, se utilizó el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec como referencia para establecer límites a las subas.
“Es cierto que, desde la desregulación, algunos incrementos han superado la inflación. Sin embargo, esto debe evaluarse considerando el rezago acumulado en años previos”, señaló. De acuerdo con sus datos, entre enero de 2012 y junio de 2026, la diferencia acumulada entre la evolución de las cuotas y el IPC alcanza el 18%.
El titular de la UAS también planteó que modificar nuevamente las reglas sin contemplar ese desfasaje podría aumentar la inseguridad jurídica y profundizar la incertidumbre en un sistema que enfrenta dificultades de financiamiento. Del otro lado se encuentran las familias, que deben afrontar la evolución de las cuotas y el impacto que tienen sobre sus ingresos.
“Necesitamos soluciones que garanticen tanto el acceso de las personas como la capacidad de las instituciones y los profesionales para atender a los pacientes”, concluyó Magonza.
Históricamente, más allá de los distintos esquemas de regulación y desregulación de precios, los gobiernos no implementaron medidas orientadas a resolver de manera integral los problemas de financiamiento del sistema de salud, más allá de las modificaciones aplicadas sobre las cuotas.










