La nueva fecha quedó establecida para el 13 de octubre de 2026, luego de que el vencimiento previsto para el 22 de septiembre fuera prorrogado mediante la Resolución General 5898/2026, publicada en el Boletín Oficial.
La decisión se suma a una serie de extensiones dispuestas durante los últimos meses. Inicialmente, la Resolución General 5851 había llevado hasta el 27 de julio de 2026 el plazo para la presentación y el pago del impuesto correspondiente al ejercicio 2025. Posteriormente, las resoluciones 5876 y 5890 establecieron el 22 de septiembre como nueva fecha para cumplir con la presentación de la declaración jurada.
En la nueva resolución, ARCA señaló que existen “razones de administración tributaria” que justifican extender nuevamente el vencimiento hasta el 13 de octubre. El objetivo indicado en la norma es facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales correspondientes al período 2025.
La prórroga alcanza específicamente a la presentación de la declaración jurada y no modifica la fecha establecida para el pago del saldo del impuesto. Ese vencimiento continúa fijado para el 27 de julio de 2026.
La resolución también incorpora precisiones sobre los anticipos del Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2026. El punto contempla las situaciones en las que, debido a que todavía no fue presentada la declaración jurada de 2025, el sistema “Cuentas Tributarias” no tenga disponible el monto correspondiente al primer o segundo anticipo.
En esos casos, los contribuyentes deberán calcular y pagar esas obligaciones tomando como base la información registrada en sus respectivos papeles de trabajo.
De esta manera, la nueva disposición modifica nuevamente el calendario para la presentación de Ganancias 2025, mientras mantiene sin cambios el vencimiento establecido para el pago del saldo y fija un mecanismo específico para determinar los anticipos de 2026 cuando el sistema no cuente con los datos necesarios.










