lunes, julio 27, 2026
Scroll Noticias
  • Política
  • Economía
  • Salud
  • Sociedad
  • Deportes
  • Política
  • Economía
  • Salud
  • Sociedad
  • Deportes
Scroll Noticias
Home Política

Máximo Kirchner impulsa un proyecto que limita acuerdos con el FMI sin aprobación legislativa

27 julio, 2026
in Política
Máximo Kirchner impulsa un proyecto que limita acuerdos con el FMI sin aprobación legislativa
Al mismo tiempo que la directora del Fondo Monetario Internacional, Kristalina Georgieva, anunciaba su llegada a Buenos Aires, el diputado Máximo Kirchner presentó un proyecto de ley destinado a restringir la capacidad del Ejecutivo para firmar nuevos acuerdos con el FMI sin la aprobación del Congreso.

El proyecto, que cuenta con el respaldo de 15 diputados del bloque de Unión por la Patria y tiene un total de 22 artículos, también busca declarar “nulos de nulidad absoluta” aquellos acuerdos que impongan condiciones sobre la regulación del movimiento de capitales en el país.

La iniciativa, que deroga la Ley 27.612 de Fortalecimiento de la Sostenibilidad de la Deuda Pública y la reemplaza por un marco más amplio, se presenta en un contexto propicio, ya que el gobierno de Javier Milei recibe a la titular del FMI en su primera visita en ocho años.

Según el proyecto, cualquier operación de crédito público con organismos financieros internacionales requerirá una ley especial del Congreso, especificando el tipo de deuda, el monto máximo autorizado, el plazo mínimo de amortización y el destino de los fondos. Además, se prohíbe el uso de decretos de necesidad y urgencia en estas materias.

Este texto está dirigido especialmente al Decreto de Necesidad y Urgencia 179/2025, mediante el cual el gobierno de Milei implementó el Programa de Facilidades Extendidas con el FMI por un monto de DEG 15.267 millones (cerca de USD 20.000 millones), sin consultar al Congreso. Aquellos actos realizados en contravención a esta nueva normativa serán considerados nulos e ineficaces a nivel internacional, y los funcionarios responsables enfrentarán daños al Estado con una acción imprescriptible.

El proyecto, respaldado por distintas figuras políticas como Germán Martínez, Cecilia Moreau y Agustín Rossi, se organiza en seis principios fundamentales: soberanía económica, corresponsabilidad entre acreedor y deudor, legitimidad de las políticas macroprudenciales, sostenibilidad de la deuda en función de la capacidad real de pago, transparencia con control democrático y multilateralismo activo.

Uno de los puntos más innovadores es el principio de corresponsabilidad, que establece que si el FMI incumple sus propias normas o aprueba programas por razones políticas, entonces comparte la responsabilidad de las consecuencias. Para sustentar esta afirmación, se menciona un informe de la Oficina de Evaluación Independiente del FMI, que evidenció disidencias internas sobre el cumplimiento de criterios de acceso excepcionales en el contexto argentino de 2018, clasificando la deuda en “zona gris”.

El texto también señala que entre mayo de 2018 y la fecha de redacción, USD 45.100 millones se extrajeron del país como activos externos del sector privado, comparado con los USD 44.500 millones desembolsados por el Fondo. Los autores del proyecto argumentan que esta equivalencia no fue casual, sino resultado de un programa aprobado sin las medidas adecuadas para regular los flujos de capital, como permite el Artículo VI del Convenio Constitutivo del FMI. En este sentido, la ley propone que el Poder Ejecutivo promueva ante la Junta de Gobernadores del FMI una enmienda que transforme en obligación el requerimiento de controles de capital, ante una salida significativa de divisas mientras dure un programa.

La reforma del Convenio Constitutivo que el proyecto pretende impulsar abarca cuatro ejes: la eliminación de la redacción discrecional del Artículo VI, la creación de una “Facilidad de Recuperación Soberana” que permita convertir créditos que superen los límites normales en financiamiento a largo plazo (entre 20 y 30 años), el establecimiento de períodos de recompra diferenciados para economías con restricción estructural y el reconocimiento del caso argentino como una exposición excepcional con fallas sistémicas del organismo.

Para asegurar estas posiciones en el ámbito multilateral, el artículo 6 establece la obligación para el Poder Ejecutivo de coordinar con los grupos BRICS+, G24, la Asamblea General de las Naciones Unidas y el G20. Se menciona la “BRICS Rio de Janeiro Vision for IMF Quota and Governance Reform,” como un antecedente que alinea con los ejes de enmienda que la ley busca imponer.

En cuanto a la regulación macroprudencial, el artículo 8 reitera las facultades del Banco Central de la República Argentina para establecer restricciones sobre pasivos externos y regular la formación de activos externos. El artículo 9 añade que ningún acuerdo con organismos financieros internacionales podrá incluir cláusulas que desmantelen esas regulaciones, bajo pena de nulidad tanto en el derecho interno como en foros internacionales.

El control parlamentario se asigna a una Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento de la Relación con Organismos Financieros Internacionales, que tendrá acceso ilimitado a la documentación de los programas, la facultad para convocar a funcionarios y el derecho a recibir informes semestrales del gobierno. Además, se establece un límite de endeudamiento externo basado en los gastos primarios, cuya superación requerirá una aprobación especial de dos tercios en ambas Cámaras, salvo en caso de emergencia económica, catástrofe natural o conflicto bélico.

Finalmente, el artículo 20 establece una disposición transitoria que exige al Poder Ejecutivo presentar al Congreso, dentro de los 90 días de la entrada en vigencia de la ley, un proyecto de ratificación o rechazo del programa vigente con el FMI. Hasta que el Congreso tome una decisión, el gobierno no podrá acordar nuevas ampliaciones o cambios significativos en el acuerdo. Si el programa es rechazado, cualquier nueva operación requerirá la aprobación legislativa previa. La ley solo podrá ser modificada o derogada con la mayoría absoluta de todos los miembros de cada Cámara, estableciendo así un mecanismo de resguardo frente a eventuales reversos por futuras administraciones.

Te puede interesar

Una casa, un aparente vínculo y un abogado común: se evidencian conexiones entre los presuntos testaferros del caso $LIBRA
Política

Una casa, un aparente vínculo y un abogado común: se evidencian conexiones entre los presuntos testaferros del caso $LIBRA

27 julio, 2026
Análisis de Andrés Malamud sobre las tensiones con Brasil: “Milei busca demostrar que la diplomacia no tiene valor”
Política

Análisis de Andrés Malamud sobre las tensiones con Brasil: “Milei busca demostrar que la diplomacia no tiene valor”

27 julio, 2026
Cristina Kirchner incorpora a un abogado vinculado a Lula para impugnar su condena en instancias internacionales
Política

Cristina Kirchner incorpora a un abogado vinculado a Lula para impugnar su condena en instancias internacionales

24 julio, 2026
Expectativa por la posible visita de León XIV a Argentina: detalles sobre su estadía y posibles escalas
Política

Expectativa por la posible visita de León XIV a Argentina: detalles sobre su estadía y posibles escalas

24 julio, 2026

Copyright © 2020. Todos los derechos reservados.

  • Política
  • Economía
  • Salud
  • Sociedad
  • Deportes

© 2026 JNews - Premium WordPress news & magazine theme by Jegtheme.