Uno de los cambios más significativos es que, en lugar de los vencimientos escalonados que comenzaban el 11 de junio en función de la terminación del CUIT del contribuyente, existe ahora una única fecha límite para todos: el 27 de julio de 2026, inclusive.
La extensión abarca tanto a personas físicas como a sucesiones indivisas, ya sean del régimen general o aquellos que se adhieren al Régimen de Declaración Jurada Simplificada. Esta decisión se tomó en respuesta a solicitudes de entidades profesionales del ámbito de las ciencias económicas, que habían señalado dificultades técnicas para cumplir con el calendario original.
Es importante destacar que esta nueva fecha del 27 de julio no incluye todas las obligaciones fiscales. Hay dos situaciones que mantienen sus fechas originales y que es fundamental tener en cuenta para evitar problemas:
1. Las declaraciones juradas informativas según las Resoluciones Generales 2.442 y 4.003 podrán presentarse hasta el 31 de julio de 2026. 2. Bienes Personales por Acciones y Participaciones Societarias, cuya liquidación e ingreso corresponde a la sociedad emisora como responsable sustituto, mantiene su vencimiento original: 11, 12 y 16 de junio, dependiendo de la terminación del CUIT, con el pago al día hábil siguiente.
La prórroga ofrece una oportunidad valiosa, pero también plantea el riesgo de interpretarla como un permiso para dejar todo para el último momento. Contar con dos semanas más debería servir para revisar con calma y no para improvisar. Se espera que el sistema esté saturado en los días previos a la fecha límite, y dejar la presentación para el final puede resultar en errores que podrían tener consecuencias costosas.
El primer paso a realizar, que a menudo se ignora, es verificar los accesos. ARCA requiere tener la Clave Fiscal nivel 2, CUIT o CUIL activos, y la habilitación del servicio “Ganancias Personas Humanas” o “Portal Integrado”. Detectar un acceso vencido el día de la presentación es uno de los errores más comunes que pueden hacer perder tiempo.
A continuación, se debe reunir la documentación de respaldo, que es donde se concentra la mayor parte del riesgo. Es esencial recopilar toda la información que justifique ingresos, deducciones y bienes antes de ingresar cualquier dato. Cargar información sin el respaldo adecuado es una de las principales causas de observaciones por parte del organismo.
ARCA ha identificado patrones claros en los errores que surgen a través de sus cruces automáticos. Algunos de los puntos más críticos donde suelen presentarse inconsistencias son:
– No omitir ingresos adicionales: muchos contribuyentes reportan únicamente su actividad principal y omiten otras fuentes de ingresos. Las discrepancias son rápidamente detectadas mediante la comparación con datos de bancos, tarjetas de crédito y empleadores, activando alertas en el sistema fiscal. – Respaldar cada deducción: las cargas sin documentación válida son una de las causas más frecuentes de sanciones. Cada deducción que se declare debe poder ser probada correctamente. – Conciliar información entre lo declarado y lo reportado por terceros: el sistema realiza automáticamente una comparación entre lo declarado y la información que envían entidades bancarias, operadoras de tarjetas y empleadores. Es recomendable anticiparse a dichas comparaciones y verificar que los datos coincidan. – Para los empleados en relación de dependencia, es crucial verificar el SiRADIG: antes de finalizar la presentación, se debe confirmar que todas las cargas familiares y deducciones se hayan registrado correctamente. Cualquier información no informada en tiempo no se podrá recuperar posteriormente.
A pesar de la simplificación del régimen y la precarga de datos, la revisión minuciosa antes de confirmar la presentación es clave para evitar inconvenientes. Es recomendable leer toda la declaración en detalle antes de enviarla, ya que aunque el sistema valida ciertos formatos, no identifica si un número ha sido ingresado en el campo incorrecto.










