Para agosto, el ingreso bruto de referencia de un trabajador encuadrado en la categoría Cajero A es de $1.322.132. El monto contempla el salario básico actualizado, una suma no remunerativa vigente y la segunda cuota del bono extraordinario acordado en la última negociación salarial.
El cálculo incluye una suma no remunerativa de $120.000, que continúa vigente, y la segunda cuota del bono extraordinario, de $25.000. Se trata de valores brutos que pueden incrementarse de acuerdo con adicionales correspondientes a la antigüedad, presentismo, manejo de caja, horas extras y comisiones previstas en el convenio.
El acuerdo salarial estableció un aumento total del 5,7% para el período comprendido entre julio y septiembre de 2026. La suba se distribuye en tres incrementos no acumulativos del 1,9% cada uno, calculados sobre los salarios básicos correspondientes a junio de 2026.
De esta manera, cada tramo se aplica sobre la escala salarial de junio y no sobre el monto resultante del aumento anterior. En agosto corresponde la aplicación del segundo incremento del 1,9%, que modifica nuevamente los salarios básicos.
La estructura acordada también contempla una suma no remunerativa de $120.000 que se mantiene durante julio, agosto y septiembre. Posteriormente, ese monto comenzará a incorporarse al salario básico de manera gradual a partir de diciembre de 2026.
La incorporación se realizará mediante cuotas mensuales de $20.000 y continuará hasta mayo de 2027.
Además, se estableció un bono extraordinario de $50.000, dividido en dos cuotas de $25.000. La primera correspondió a julio y la segunda se abona durante agosto.
El acuerdo alcanza a las distintas categorías incluidas en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 y fue establecido en el marco de la negociación salarial entre la representación de los trabajadores y las entidades empresarias del sector.
Para septiembre está previsto el tercer y último tramo del aumento trimestral, nuevamente del 1,9% sobre los salarios básicos de junio. La suma no remunerativa de $120.000 continuará vigente durante ese mes.
El acuerdo también contempla una cláusula de revisión. En octubre de 2026 se realizará una nueva instancia de negociación para analizar la evolución de las variables económicas y determinar si corresponde aplicar una actualización adicional de las escalas salariales durante el cuarto trimestre del año.










